El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha estimado un recurso del Ayuntamiento de Sant Josep y anula la subasta de una licencia...

El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha estimado un recurso del Ayuntamiento de Sant Josep y anula la subasta de una licencia de taxi embargada por la Tesorería General de la Seguridad Social por el impago de una deuda de su titular. Esta adjudicó a finales de 2015 a un tercero la autorización para conducir un taxi en Sant Josep por un precio de 251.000 euros. El beneficiario pidió al Consistorio a principios de 2016 que formalizase la transmisión de la licencia.
No obstante, el Ayuntamiento requirió al adjudicatario que aportase la documentación que acreditara que cumplía los requisitos que marca la normativa para obtener el correspondiente permiso. En concreto, la transmisión de licencia está limitada a determinados sujetos: cónyuge viudo, herederos legítimos, conductor asalariado... y condicionada a la previa autorización del Ayuntamiento, según la sentencia.
De hecho, el Consistorio advirtió de esta situación a la Tesorería General de la Seguridad Social antes de que procediera a subastar la licencia embargada, pero, pese a ello, la adjudicó sin verificar previamente si el beneficiario cumplía las condiciones que determina la ley. Así, al comprobar que el adjudicatario no reunía los requisitos, el Ayuntamiento le denegó la transmisión del permiso para explotar el taxi.
El perjudicado recurrió en el juzgado y, en primera instancia, ganó el litigio al Ayuntamiento. Sin embargo, ahora el TSJB da la razón a Sant Josep, al considerar que «la subasta pública no puede convertirse en un mecanismo de transmisión de licencias con el que eludir las limitaciones que imponen las normas legales y reglamentarias, en un ámbito sujeto a fuerte intervención administrativa». «Que la subasta y adjudicación proceda de una entidad pública [la Tesorería General de la Seguridad Social] no purifica los vicios ni habilita al cesionario que no cumple los requisitos legales», agrega la sentencia.
Se da la circunstancia de que el Ayuntamiento dictó un decreto en marzo de 2016 por el cual requirió al titular de la licencia que había sido embargado a que se abstuviera de explotar el taxi. El afectado recurrió al entender que el Consistorio no podía privarle de su derecho de utilizar su licencia de taxi si no había autorizado su transmisión al ganador de la subasta porque incumplía los requisitos.
La sentencia del tribunal balear considera que la posición del Ayuntamiento es «contradictoria», ya que, por un lado, negó la validez de la adjudicación de la licencia efectuada por la Seguridad Social a un tercero y, por otro, impedía a su titular el uso de la misma a causa de su transmisión. Por ello, el TSJB invalida también la prohibición de la explotación de la licencia.
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